"..inviabilidad de los Cursos Intensivos 2013"

El profesor Argimiro Castillo Gandica, decano de la Facultad de Arquitectura y Diseño (Fadula), expresó que la decisión tomada ayer en Consejo Universitario sobre la inviabilidad de desarrollar el Curso Intensivo 2013, responde al informe de la Comisión General de Intensivo, que los Decanos de Facultades y Núcleos, así como los Directores de Extensiones y Núcleos, por mayoría aprobaron.
Una vez sea superado el esquema de conflicto universitario “paro indefinido con cese de actividades académicas” dijo Castillo, será posible reiniciar las actividades académicas de pregrado, y posteriormente se llevará a cabo la evaluación de los periodos académicos en curso para garantizar que los mismos puedan culminar eficazmente, lo que quiere decir que no solo en buen tiempo, sino con todas las condiciones curriculares académicas.
El profesor Argimiro, señaló, que es importante, diseñar y aprobar periodos académicos especiales a desarrollarse en semanas hábiles y que cumplan cabalmente con los requerimientos académicos y curriculares de cada programa académico, para recuperar en este año 2013 parte del tiempo perdido.
Finalmente el Decano destacó, que tales periodos académicos especiales deberán ser presentados ante los Consejos de Facultad o Núcleo para su aprobación en un lapso no mayor a veinte días hábiles, luego de superado el conflicto universitario que mantiene el cese de actividades académicas en la Universidad de Los Andes. (Anny Maldonado/ CNP. 19536/ Prensa ULA)
Fuente:


INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA

NORMAS DE ESTUDIO, EVALUACION Y RENDIMIENTO ESTUDIANTIL (UNET)

Artículo 1:

Plan de Estudios es la descripción sistémica de la trayectoria de formación en un tiempo determinado, para una carrera dada.  Representa los aprendizajes organizados por la Universidad que  conducen a la obtención de un título mediante contenidos que, con un criterio integral, lógico y pedagógico, se establecen para asegurar el logro de la formación del egresado.

Curso Intensivo es el lapso especial de estudios con una duración de al menos cinco (5) semanas. El mismo puede ser inter semestral, o intra semestral en casos excepcionales, calificados así por el Consejo Universitario

Articulo 23:
La evaluación de los aprendizajes es un proceso sistemático, racional y científico que permite valorar el proceso de construcción del conocimiento por parte de los estudiantes, en relación con los objetivos y competencias establecidos en cada una de las unidades curriculares que conforman el plan de estudios.

Articulo 25:
La evaluación de los aprendizajes del estudiante responde a lo contemplado en el programa analítico de la unidad curricular y a la aplicación de diferentes estrategias, técnicas e instrumentos de valoración de acuerdo con lo establecido en el plan de evaluación respectivo y siguiendo los lineamientos establecidos al efecto.

INSTRUCTIVO COMPLEMENTARIO A LAS NORMAS PARA LA EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ESTUDIANTIL DE LA UNET

Mediante el proceso evaluativo se determinará la eficacia y eficiencia del proceso enseñanza-aprendizaje. Así como también se pondrán en evidencia hasta que punto se han logrado los objetivos de la carrera, de los bloques de procesamientos del plan de estudios y los específicos de cada componente, en los dominios cognoscitivos, afectivo y psicomotor.

NORMAS DEL CURSO INTENSIVO VACACIONAL (UNET-2.011)

Artículo 1:
El Curso Intensivo Vacacional constituye una estrategia de los procesos de enseñanza-aprendizaje, que se desarrollan en períodos distintos a los lapsos regulares y permite a los alumnos avanzar en la prosecución de sus estudios, mediante el uso y diseño de métodos instruccionales e innovadores.

Artículo 13:
El profesor facilitador de un Curso Intensivo Vacacional tendrá una remuneración, por vía de Bono Compensatorio, equivalente al costohora de un profesor Asociado, de acuerdo a las tablas vigentes establecidas por el Ejecutivo Nacional.

Artículo 15:
El Personal Docente Administrativo y de Apoyo que labore en la Organización y Administración del Curso Intensivo Vacacional, percibirá un bono compensatorio especial en base a los criterios que defina el Vice-Rectorado Académico, de acuerdo a las funciones que desempeñen y al presupuesto de ingresos y gastos de funcionamiento establecido para el desarrollo del curso.

Articulo 17:
El curso intensivo vacacional intra semestral, es aquél que se realiza de manera excepcional dentro de un mismo lapso académico, en virtud de las modificaciones que deban producirse en el Calendario académico, a juicio del Consejo Universitario.

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