Así quedaron los sueldos para funcionarios del Sebin
En la Gaceta Oficial N° 40.564 de fecha 17 de diciembre de 2014, que circula este jueves, aparece publicado el decreto presidencial mediante el cual se regula y establece la Escala Especial de Sueldos aplicable un funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin).
A través del Decreto N ° 1.543 se aprueba la escala especial de sueldos por estructura jerárquica de mérito, categoría de personal, niveles y pasos aplicables al manual descriptivo de cargos, de la siguiente manera:
Según la norma, el Sebin podrá establecer con base en los resultados de la evaluación de desempeño de los resultados y sujeto a la disponibilidad presupuestaria, incentivos a la eficiencia y calidad de los servicios que prestan.
Quedan excluidos de la aplicación de decreto el personal contratado y obrero de que preste servicio en el organismo de inteligencia.
Por otra parte, se indica que la escala especial de sueldos entró en vigencia desde el pasado 1 de diciembre de 2014, y que quedan encargados de la aplicación del presente decreto el Vicepresidente Ejecutivo y los ministros para Planificación y Economía, Finanzas y Banca Pública.
A través del Decreto N ° 1.543 se aprueba la escala especial de sueldos por estructura jerárquica de mérito, categoría de personal, niveles y pasos aplicables al manual descriptivo de cargos, de la siguiente manera:
Según la norma, el Sebin podrá establecer con base en los resultados de la evaluación de desempeño de los resultados y sujeto a la disponibilidad presupuestaria, incentivos a la eficiencia y calidad de los servicios que prestan.
Quedan excluidos de la aplicación de decreto el personal contratado y obrero de que preste servicio en el organismo de inteligencia.
Por otra parte, se indica que la escala especial de sueldos entró en vigencia desde el pasado 1 de diciembre de 2014, y que quedan encargados de la aplicación del presente decreto el Vicepresidente Ejecutivo y los ministros para Planificación y Economía, Finanzas y Banca Pública.
Comentarios
Publicar un comentario