"..inviabilidad de los Cursos Intensivos 2013"
El profesor Argimiro Castillo Gandica, decano de la Facultad de Arquitectura y Diseño (Fadula), expresó que la decisión tomada ayer en Consejo Universitario sobre la inviabilidad de desarrollar el Curso Intensivo 2013, responde al informe de la Comisión General de Intensivo, que los Decanos de Facultades y Núcleos, así como los Directores de Extensiones y Núcleos, por mayoría aprobaron.
Una vez sea superado el esquema de conflicto universitario “paro indefinido con cese de actividades académicas” dijo Castillo, será posible reiniciar las actividades académicas de pregrado, y posteriormente se llevará a cabo la evaluación de los periodos académicos en curso para garantizar que los mismos puedan culminar eficazmente, lo que quiere decir que no solo en buen tiempo, sino con todas las condiciones curriculares académicas.
El profesor Argimiro, señaló, que es importante, diseñar y aprobar periodos académicos especiales a desarrollarse en semanas hábiles y que cumplan cabalmente con los requerimientos académicos y curriculares de cada programa académico, para recuperar en este año 2013 parte del tiempo perdido.
Finalmente el Decano destacó, que tales periodos académicos especiales deberán ser presentados ante los Consejos de Facultad o Núcleo para su aprobación en un lapso no mayor a veinte días hábiles, luego de superado el conflicto universitario que mantiene el cese de actividades académicas en la Universidad de Los Andes. (Anny Maldonado/ CNP. 19536/ Prensa ULA)
Fuente:
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
NORMAS DE ESTUDIO,
EVALUACION Y RENDIMIENTO ESTUDIANTIL (UNET)
Artículo 1:
Plan de Estudios es la descripción sistémica de la trayectoria de formación
en un tiempo determinado, para una carrera dada. Representa los aprendizajes organizados por la
Universidad que conducen a la obtención
de un título mediante contenidos que, con un criterio integral, lógico y
pedagógico, se establecen para asegurar el logro de la formación del egresado.
Curso Intensivo es el lapso especial de estudios con una duración de
al menos cinco (5) semanas. El mismo puede ser inter semestral, o intra
semestral en casos excepcionales, calificados así por el Consejo Universitario
Articulo 23:
La evaluación de los aprendizajes
es un proceso sistemático, racional y científico que permite valorar el proceso
de construcción del conocimiento por parte de los estudiantes, en relación con
los objetivos y competencias establecidos en cada una de las unidades
curriculares que conforman el plan de estudios.
Articulo 25:
La evaluación de los aprendizajes
del estudiante responde a lo contemplado en el programa analítico de la unidad
curricular y a la aplicación de diferentes estrategias, técnicas e instrumentos
de valoración de acuerdo con lo establecido en el plan de evaluación respectivo
y siguiendo los lineamientos establecidos al efecto.
INSTRUCTIVO
COMPLEMENTARIO A LAS NORMAS PARA LA EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ESTUDIANTIL DE
LA UNET
Mediante el proceso evaluativo se
determinará la eficacia y eficiencia del proceso enseñanza-aprendizaje. Así
como también se pondrán en evidencia hasta que punto se han logrado los
objetivos de la carrera, de los bloques de procesamientos del plan de estudios
y los específicos de cada componente, en los dominios cognoscitivos, afectivo y
psicomotor.
NORMAS DEL CURSO INTENSIVO VACACIONAL (UNET-2.011)
Artículo 1:
El Curso Intensivo Vacacional constituye una
estrategia de los procesos de enseñanza-aprendizaje, que se desarrollan en
períodos distintos a los lapsos regulares y permite a los alumnos avanzar en la
prosecución de sus estudios, mediante el uso y diseño de métodos
instruccionales e innovadores.
Artículo
13:
El profesor facilitador de un Curso Intensivo
Vacacional tendrá una remuneración, por vía de Bono Compensatorio, equivalente
al costohora de un profesor Asociado, de acuerdo a las tablas vigentes
establecidas por el Ejecutivo Nacional.
Artículo
15:
El Personal Docente Administrativo y de Apoyo que
labore en la Organización y Administración del Curso Intensivo Vacacional,
percibirá un bono compensatorio especial en base a los criterios que defina el
Vice-Rectorado Académico, de acuerdo a las funciones que desempeñen y al
presupuesto de ingresos y gastos de funcionamiento establecido para el
desarrollo del curso.
Articulo
17:
El curso intensivo vacacional intra semestral, es
aquél que se realiza de manera excepcional dentro de un mismo lapso académico,
en virtud de las modificaciones que deban producirse en el Calendario académico,
a juicio del Consejo Universitario.
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