Propuesta metodológica salarial (II)
Propuesta
metodológica salarial (II)
Los cinco ejes
estratégicos para la reinstitucionalización de la dignidad laboral
En
el debate sobre la salarización y la reconstrucción del aparato productivo
nacional, suele incurrirse en el error analítico de dar por extintas las Normas de Homologación de
1982. Quienes desde visiones
cortoplacistas o el lógico agotamiento que genera la prolongada crisis laboral
sostienen que dicho instrumento ha perdido vigencia por haber sido
discontinuado en la práctica, ignoran un principio elemental del derecho y de
la ciencia económica: la invalidez de un hecho sobrevenido no destruye la
legitimidad del derecho adquirido ni la solidez de su estructura técnica.
Lejos de
estar caducas, las Normas de
Homologación reviven, se potencian y adquieren rango de mandato supremo a la
luz del artículo 91 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Lo que en 1982 nació como un acuerdo circunscrito al fuero universitario, la
Carta Magna de 1999 lo elevó a precepto constitucional para la totalidad de la
clase trabajadora venezolana. El espíritu del artículo 91 no es otro que la
consagración del Salario Mínimo Vital indexado al costo de la canasta básica,
garantizando que la equidad, la progresividad y la protección frente a la depreciación
monetaria sean la regla y no la excepción. Por ende, negar la vigencia de la
homologación es, en la práctica, negar la Constitución misma.
Ante
este escenario, la universidad venezolana no puede limitarse a la denuncia
pasiva. Como universitarios unidos por
una profunda vocación y sentido de pertenencia en la Universidad de Los Andes
(ULA) y la Universidad Nacional Experimental del Táchira (UNET),
asumimos la responsabilidad histórica de convertir el rigor científico en una
herramienta inexpugnable de resistencia ética y justicia laboral.
Para
ello, hemos estructurado una propuesta metodológica salarial que no constituye
un simple marco conceptual en fase de diseño, sino un sistema técnico integral,
cuya formulación metodológica y econométrica está plenamente desarrollada y
lista para su implementación institucional. Fundamentado en la analítica de
datos, la estructuración de bases relacionales y el procesamiento de variables
socioeconómicas en tiempo real, este modelo automatiza la actualización del
Salario Mínimo Vital Constitucional (Art. 91) e indexa la proporción justa a
las escalas salariales de docentes, personal administrativo y obreros.
La propuesta
abarca cinco ejes de acción estratégica:
Eje
1. Estimación y proyección de la Estructura Salarial Indexada: Determinación
científica del monto base de la exigencia salarial indexado a la canasta básica
real, protegiendo las jerarquías y el mérito académico frente al aplanamiento
de las tablas, mediante la estimación de la pérdida del poder adquisitivo y el
cálculo dinámico de la escala salarial.
Eje
2. Restitución e integración del Salario Mínimo Vital Constitucional (Art. 91): Establecimiento
del piso técnico e indexado como referencia vinculante para integrar los
componentes del ingreso al salario base, fijando con equidad los sueldos de
docentes, personal administrativo, obreros, jubilados, pensionados y la
adecuación de las providencias estudiantiles, sirviendo además como una
contribución de alcance nacional para beneficiar a la totalidad de los
trabajadores e instituciones que carecen de un piso salarial claramente
determinado.
Eje 3. Protocolo
de validación institucional mensual: Vértice donde la técnica se transforma en acción
política e institucional; constituye el mecanismo técnico para que los Consejos
Universitarios evalúen, aprueben y certifiquen mensualmente el valor real de la
tabla salarial, dejando constancia histórica de la deuda salarial acumulada con
los trabajadores, independientemente de la discrecionalidad del Ejecutivo Nacional.
Eje
4. Formación gremial y sindical con capacitación técnica, rigor científico y
enfoque axiológico:
Proceso de formación continua para la representación gremial y sindical en
análisis económico, triangulación cambiaria y gestión salarial, dotándolos de
herramientas técnicas para una defensa justa, fundamentada y sustentada en la
ética y la verdad científica.
Eje
5. Unidad pionera para la gestión y análisis salarial: Creación de un
centro técnico especializado en la propia universidad para el monitoreo,
cálculo y actualización sistemática de las tablas, garantizando la continuidad
metodológica, la autonomía institucional y el soporte científico permanente en
la defensa del salario.
Al ser asumida por el
Consejo Universitario de la Universidad de Los Andes como casa rectora y
referente histórico nacional, y al ser respaldada por las candidaturas a las
autoridades rectorales, decanatos y cuerpos colegiados comprometidos con la
dignidad institucional, esta propuesta no solo sienta un precedente inquebrantable
de autonomía, sino que le entrega a Venezuela el referente técnico que el
Estado ha omitido. La verdad matemática, jurídica y axiológica no se negocia:
frente a la trampa de la bonificación salarial, la Universidad de Los Andes
está llamada a liderar con conciencia, coherencia y vocación de servicio.
Al
final, el Inmaculado Corazón de la Santísima Virgen María triunfará.
Artículo anterior:
Para
consultar la primera entrega de esta propuesta, véase:
Pérez Díaz,
O., & Morales, P. (30 de agosto de 2026). Propuesta metodológica
salarial. Diario La Nación. https://lanacionweb.com/opinion/propuesta-metodologica-salarial/#google_vignette
Dr. Omar Pérez Díaz
Profesor Titular ULA
Decano Vicerrector de la ULA Táchira
oapd55@gmail.com | Instagram: @ulatachira.reporta
Pedro
Morales
Economista
ULA. Profesor Titular ULA – UNET. Expresidente de APUNET
«Salve
María Auxiliadora, economía de la salvación y de la felicidad verdadera»
pedromoralesrodriguez@gmail.com
| Instagram: @tipseconomic

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