Instalación de la Comisión para la recomposición de las Tablas Salariales.
San Cristóbal, 25 de
septiembre de 2016
Con nuestro mayor respeto.
Entre otras dimensiones universitarias, APUNET-FAPUV está
concentrada plenamente en lograr que el gobierno cumpla en todo lo relacionado
a:
- Cancelación de la deuda por ajuste de salario de noviembre.
- · Ajuste salarial de 50% por decreto presidencial y de 20% por cláusula contractual.
- · Acuerdos de 2015 FAPUV-MPPEUCT-AVERU
- · Instalación de la Comisión para la recomposición de las Tablas Salariales.
- · Instalación de la Comisión para la discusión de otros beneficios socioeconómicos.
- · Pago completo a los Jubilados.
- · Pago del Beneficio de Alimentación directamente a la cuenta personal.
Finalmente, en todos los escenarios que nos corresponde
actuar y gestionar a favor del Estado Constitucional de Derecho y la Institución Universitaria, hacemos el mayor
y mejor esfuerzo para que prevalezca la coherencia, la continuidad y la
coordinación.
Nota:
Toda la información en el documento adjunto (Cartelera de FAPUV: 24-09-2016). Además, cualquier comentario o
propuesta es bienvenida. Muy receptivos y atentos…
La Junta Directiva de la
APUNET
CARTELERA DE FAPUV
(24-09-2016)
EL
GOBIERNO CIERRA LAS UNIVERSIDADES
La política anti universitaria del gobierno
nacional, a través del presupuesto deficitario, sabotea el desarrollo de la investigación,
actividad central de nuestras universidades, impide su funcionamiento y ha
liquidado los servicios estudiantiles, acabando con el principio constitucional
de igualdad de oportunidades de acceso al estudio en Venezuela. Nuestros
estudiantes regresaron del periodo vacacional a unas universidades sin comedor,
con el servicio de transporte reducido a su mínima expresión debido a la
suspensión de rutas, y sin profesores en muchas asignaturas debido a las
decenas de renuncias que se produjeron en el último mes y la imposibilidad de
reponer los cargos pues los concursos quedan desiertos. A eso hay que agregar
la galopante inseguridad, razón por la cual hoy por hoy la universidad
venezolana está paralizada por la crisis presupuestaria y de los servicios
estudiantiles, y por el robo masivo en sus instalaciones de bienes y equipos
esenciales.
No conforme con ser el causante de tanta
destrucción, el gobierno ha desplegado una nueva ofensiva contra la autonomía universitaria
y pretende nombrar a dedo autoridades en USB,
LUZ, UCLA y UDO, enemigo como es de cualquier cosa que suponga el ejercicio
democrático de una elección. Por otra parte, la IICCU se vence en pocos meses y en muchas universidades todavía no
se honra el básico de Bs. 200.000 para el HCM
y los profesores son víctimas de discriminación pues se les niegan los aportes
del fondo para enfermedades catastróficas que debe amparar a todos los sectores
de universitarios, entre otros beneficios.
En materia salarial, la terca realidad ha demostrado
que FAPUV tenía razón en la
reivindicación de la cláusula de indexación salarial de las Normas de
Homologación: en sus justas demandas durante la discusión de la IICCU, y en la defensa del derecho
histórico del personal jubilado, pensionado y sobreviviente al pago de su
jubilación con salario completo y todos los beneficios. Las tablas miserables
impuestas a través de la IICCU han
empobrecido dramáticamente a todos los universitarios. La política
gubernamental de bonificación del salario les roba las prestaciones y los bonos
vacacional y de fin de año a todos los trabajadores venezolanos. La escasez y
la escalada de precios han instalado el hambre en los hogares venezolanos.
Mientras tanto, el gobierno se llena el buche con el exceso de ingreso por IVA generado a través del mecanismo de
la inflación, lo que le permite financiar su actividad política a costa del
hambre del pueblo venezolano.
Para la
recuperación del ingreso de los universitarios que haga posible la prosecución
de la actividad de investigación, extensión y docencia en nuestras
universidades, DEMANDAMOS:
1.
CANCELACIÓN DE LA DEUDA POR AJUSTE DE SALARIO DE NOVIEMBRE: Por concepto de
aplicación de la cláusula de contingencia de la IICCU (115), el Ejecutivo
Nacional está en deuda con los universitarios en relación con el ajuste de
salario de 30% de noviembre de 2015.
2. AJUSTE
SALARIAL DE 50% POR DECRETO PRESIDENCIAL Y DE 20% POR CLÁUSULA CONTRACTUAL: Por cláusula de
contingencia, el ajuste del salario de 50% aprobado por el gobierno nacional a
partir del 01-09-2016, (decreto No. 2.429 de la Gaceta Oficial 40.965 de fecha
15-08-2016), le corresponde a todo el personal de las universidades públicas,
colegios e institutos universitarios. Ese ajuste de 50% es distinto al ajuste
de 20% previsto establecido en la IICCU. Nos corresponden ambos.
3. ACUERDOS
DE 2015 FAPUV-MPPEUCT-AVERU:
El gobierno y las autoridades universitarias deben honrar la deuda con los
profesores universitarios en relación con la creación de la prima de
antigüedad, el bono compensatorio para Asociados y Titulares y el ascenso de
los Auxiliares Docentes.
4.
INSTALACIÓN DE LA COMISIÓN PARA LA RECOMPOSICIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES, prevista en el parágrafo
segundo de la cláusula 85 de la IICCU, para evaluar el salario y establecer
nuevas medidas de compensación salarial. En dicha evaluación se debe aplicar un
porcentaje de aumento que compense la inflación de los últimos dos años y se
debe recomponer la tabla aplicando las interescalas y las equivalencias
históricas que fueron violadas en la IICCU.
5.
INSTALACIÓN DE LA COMISIÓN PARA LA DISCUSIÓN DE
OTROS BENEFICIOS SOCIOECONÓMICOS: Esta comisión, establecida en la cláusula 122 de la
IICCU debe revisar entre otros, los bonos vacacional y de fin de año, el bono
doctoral de profesores universitarios (se le debe reconocer el carácter salarial),
prima por hijos, prima de profesionalización, prima de antigüedad, prima por
cargo y bono de compensación académica.
6. PAGO
COMPLETO A LOS JUBILADOS:
La instrucción dada por el ministerio para el ajuste de los jubilados, significa
llevarlos al salario tabla, es decir que pierdan todas las primas y bonos que
tenían cuando se jubilaron. Esta medida es regresiva e inaceptable, viola la
progresividad de derechos y la autonomía universitaria. El pago debe ser completo.
7. PAGO DEL
BENEFICIO DE ALIMENTACIÓN DIRECTAMENTE EN LA CUENTA DEL PERSONAL, previsto como excepción
legal, ya que es una situación anómala generalizada la imposibilidad del uso
del ticket y de la tarjeta pues no son aceptados.
JUNTA
DIRECTIVA DE FAPUV
''ES FAPUV
UNA TIERRA DE HORIZONTES ABIERTOS,
EN LA CUAL
SE SIEMBRAN LUCHAS YSE COSECHAN DERECHOS"
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