"Un derecho es lo que nadie te debe quitar"


Hace veinticuatro siglos Aristóteles afirmó que la vida es el máximo de los bienes y que su objetivo principal es la felicidad, por lo que resulta de carácter irrefutable que el derecho a la vida no solamente en la concepción biológica sino también en el ámbito psíquico, social y ético es considerada el bien jurídico jerárquicamente más importante que protege y debe proteger  todo ordenamiento legal.

Sobre este tenor, la triada filosófica, política y jurídica de la época actual, el marco teórico de los Derechos Humanos y la plataforma normativa constitucional  vigente a nivel mundial, convergen  de forma irreversible e irrevocable en defender sin distinción alguna a la persona en su dignidad humana, lo que implica en la práctica fortalecer un proceso humanista, solidario y multidimensional de cambio progresivo hacia niveles significativos de calidad de vida, que involucre el disfrute pleno de todos los derechos humanos, lo que implica, de acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (1946),  un  mejoramiento continuo de la vida del individuo hacia un  “estado de completo bienestar físico, mental y social”.


Desde la perspectiva del sagrado libro bíblico, la promoción y defensa de la dignidad humana  la hizo destacar Juan Pablo II en su mensaje del “Día Mundial de la Paz” (2000):  “Jesucristo recalcó la centralidad de la persona humana en el orden natural (Lucas 12, 22-29), en el orden social y en el orden religioso, incluso respecto a la Ley (Marcos 2, 27); defendiendo al hombre y también la mujer (Jonás 8, 11) y los niños (Mateo 19, 13-15)”. En consecuencia, en los seres humanos hay una dignidad básica moral que en esencia determina un valor intrínseco dentro de la multidiversidad universal. Valor intangible que conlleva que el ser humano sea tratado con respeto y consideración, por lo que “su dignidad reside en el hecho de que es, no un qué, sino un quién, un ser único, insustituible, dotado de intimidad, integridad, de inteligencia, voluntad, libertad, capacidad de amar y de abrirse a los demás”.


En el mismo orden de ideas, el académico y jurisconsulto Ignacio Burgoa (1918-2005), en su trabajo relacionado con las “Garantías Individuales”, establece que toda plataforma jurídica, sistema social o modelo económico y político deberá tener en cuenta la dignidad de la persona, en el sentido de que es la única manera en la que será “respetable y respetado”. En tal sentido, el  preámbulo de la Carta Magna de la República Bolivariana de Venezuela  invoca  “la protección de Dios, el ejemplo histórico de nuestro Libertador Simón Bolívar y el heroísmo y sacrificio de nuestros antepasados aborígenes y de los precursores y forjadores de una patria libre y soberana”, con la misión rectora de consolidar un Estado con un alto grado de sensibilidad,  compromiso y responsabilidad social, que procure defender como primacía sustantiva la dignidad humana del individuo como base  universal e indivisible de los derechos humanos.


En síntesis, el disfrute de una vida digna está condicionada en valorar de manera integral al individuo en todo su ser: biológico, psíquico, social y ético. Sobre esta premisa la aplicación, promoción y protección de todos los Derechos Humanos y las libertades fundamentales son materia obligatoria de tratar por parte de cualquier ordenamiento legal, y de hacer valer y respetar por parte de todas las instituciones.  (a)
(a) Pertinente y oportunas las acciones que la Federación de Asociación de Profesores de Venezuela (FAPUV) está dedicando de manera coordinada, coherente y continua durante el mes de junio. Del 13 al 18: grave situación de la salud y  la crisis humanitaria. Del 20 al 25: Crisis alimentaria,  desabastecimiento, pérdida del poder adquisitivo, política anticonstitucional de exclusión alimentaria. Del  27 de junio al 02 de julio: Derechos democráticos y Derechos Humanos. 


Pedro Morales. Docente Universitario. pmoral@unet.edu.ve

http://lanacionweb.com/columnas/opinion/dignidad-humana-hacer-valer-y-respetar-los-derechos-humanos/

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